El oficio de enseñar como asunto de Estado y la organización del sistema educativo

Prof. Joaquín García Marquillas

Comencemos.., 

La Lección 6 titulada “El oficio de enseñar: una cuestión de Estado” tiene como  punto de partida una preocupación que ya observamos cuando leímos los nudos que tejen la trama pedagógica que se configura en esta época: ¿Cómo debe ser la tarea docente? ¿Quién debe regularla? ¿Quiénes están en condiciones de ser maestros/as y qué condiciones deben presentar? ¿Cuál es el rol del Estado respecto a su formación?...


La invitación en este recorrido es el de estudiar cómo fue la formación de los maestros y maestras normales impulsada y dirigida por el Estado Nacional.  Conviene aquí poner en relieve el argumento que sostendrán los autores en este análisis:

La invención del normalismo se vio potenciada por el Estado, que impulsó a la educación como parte de su estrategia para favorecer la construcción de un nuevo orden social. En ese marco, los maestros tuvieron una posición subordinada dentro del orden que se estaba edificando, ya que el diseño político y pedagógico recayó en la élite intelectual y dirigente. Sin embargo, fueron ellos, en tanto agentes estatales, quienes codificaron, ordenaron y moldearon las instituciones escolares y a sus sujetos. Lo hicieron provistos de una pedagogía que, entendida como ciencia y arte de enseñar, se convertiría en una herramienta de civilización.

Para analizar el normalismo los autores utilizan dos categorías: discurso y tradición.  En el caso del primer término lo definen como, “conjunto de ideas y prácticas que articuladamente son capaces de organizar un determinado sentido, una forma de entender y de intervenir en el mundo. El discurso establece el espacio social, busca interpelar, promueve identificaciones capaces de construir sujetos que “sintonice” con un el orden que ese discurso construye” (pág. 121). Ante esto emergen las preguntas ¿Cómo se constituye el discurso normalista? ¿Qué conjunto de ideas y prácticas lo definen?

La categoría tradición les permite a los autores pensar el modo en que los sujetos se posicionan e intervienen en los espacios en los que interactúan a partir de una matriz ideológica en la que se han filiado. En este sentido, adquiere notoriedad la idea de “invención” de la tradición y su modo de entenderla como un “proceso deliberadamente selectivo”.  Entonces,  ¿qué operaciones de selección, distinción y jerarquización de la cultura operó el normalismo en la Argentina?


La tradición normalista es analizada por los autores a partir de los siguientes ejes:

La Lección 7 “La organización del sistema educativo: un mapa en cuestión” tiene en principio dos preocupaciones. Por un lado, busca reconstruir, en términos políticos e históricos, el corpus legal que constituyó el sistema educativo. Por otro, explicita un conjunto de preguntas muchas de las cuales se vienen planteando en las lecturas anteriores: “¿por qué la educación ocupó un lugar central en el discurso estatal? ¿Cuáles fueron las funciones que se le asignaron? ¿Quiénes eran los principales destinatarios? ¿Qué características adoptó el modelo de organización legal que logró imponerse?” (pág.147).

Los autores proponen una doble lectura del proceso. Primero, desde una perspectiva amplia que permite mirar el conjunto utilizando la idea de “raíces legales”. Luego, una lectura en secuencia y que se detiene en momentos claves: el Congreso Pedagógico de 1882 y su debate. La Ley 1420, La Ley Láinez y, por último, el Centenario como momento de refundación cultural cuya inquietud estuvo ligada las preguntas “¿Quién era quién en la sociedad argentina? Y aún más: ¿qué era la sociedad argentina?” (pág.163).

La Ley de Educación Común (1420) sancionada en 1884, merece un detenimiento mayor, puesto que permitió la construcción de un sistema de educación público que, además de integrar a la población migrante, constituyó un engranaje clave del modelo de país que se forjó en aquellos años.  

Comparto este material de Canal Encuentro que permite reflexionar sobre los debates educativos que aún siguen vigentes: 


Preguntas para pensar el video 

  • ¿Qué novedades introduce la Ley 1420?
  • ¿Cuáles son los trasfondos políticos del Congreso Pedagógico de 1882?
  • ¿Qué características tuvo el Congreso Pedagógico?
  • ¿Cuáles son los argumentos/interés/ideas de liberales y católicos ante el debate de la laicidad que se produce durante el Congreso Pedagógico?
  • ¿De qué modo se reproduce este debate entre Pablo Pineau (conductor) y Carlos Torrendell (UCA)?
  • ¿De qué modo se solucionó el debate? 
  • ¿Qué observaciones realiza Adriana Puiggrós sobre la Ley 1420? 
  • ¿Qué reflexiones finales propone Pablo Pineau? 

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